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Gaceta Oficial N 39.997: la banca puede otorgar el 100% del crédito para vivienda

Para permitir a la banca venezolana autorizar esos créditos, las autoridades realizaron una interpretación de la Ley de Instituciones del Sector Bancario. Ese marco legal en su artículo 100 “prohíbe, entre otros aspectos, a las instituciones bancarias otorgar préstamos hipotecarios por montos mayores al 85% del valor del inmueble dado en garantía según el avalúo que se practique”.  Pero el artículo 104 de la Ley apunta que “las limitaciones que allí se señalan (en la ley) no serán aplicables cuando se trate de créditos de carteras dirigidas o programas de financiamiento para sectores económicos específicos”.  En la Gaceta Oficial N 39.997, la Superintendencia de las Instituciones del Sector Bancario publicó los nuevos lineamientos para el otorgamiento de los préstamos hipotecarios, donde la banca debe otorgar el 100% del crédito de la vivienda. Fuentes financieras explican que la entrega de esos préstamos dependerá de los ingresos y la capacidad para atender los cuotas mensuales. Agreg