Entradas

Mostrando las entradas con la etiqueta contrato

Propuesta de Ley: Procederá el desalojo si el inquilino se atrasa 4 meses

Imagen
Fuente: El Universal (www.eluniversal.com) Según el proyecto, exigirán a inquilinos dos meses de garantías (Archivo) MAYELA ARMAS H. | EL UNIVERSAL miércoles 23 de febrero de 2011 12:00 AM El proyecto de Ley para la Regularización y Control de los Arrendamientos Inmobiliarios, que impulsa el Partido Socialista Unido de Venezuela (Psuv), ajusta las causales de desalojo de las viviendas que se encuentran arrendadas. La propuesta establece que los propietarios podrán demandar a los inquilinos si dejan de cancelar cuatro cánones de arrendamiento (cuatro meses), con lo cual se amplía el plazo para solicitar los desalojos, dado que la ley vigente contempla como causal suspender el pago de dos meses de alquiler. El resto de las causales son similares a las que existen en el texto actual, de manera que se pueden solicitar desalojos si el propietario requiere ocupar el inmueble para algunos de sus parientes, que el inmueble sea objeto de reparaciones, que los inquilinos hayan destinado los...

Artículo: El contrato más recomendado en la práctica es la opción de compraventa

Fuente: El Universal / Manuel Alfredo Rodríguez El dueño de un inmueble nos pregunta: ¿Qué tipo de contrato debe emplearse a la hora de vender un apartamento, quinta o terreno? Al respecto, el contrato más recomendado en la práctica es la opción de compraventa. Una de las partes, llamada "promitente", se obliga en relación a la otra, "optante", a no vender la cosa de su propiedad a una tercera persona, ello, por un tiempo determinado. Mientras corre el plazo, el optante puede (no está compelido) ejercer el derecho de la opción de compra, lo que se traduce en el pago del saldo deudor del precio de venta. En la verdadera opción de compra, una sola de las partes es quien se obliga; la otra, no asume compromiso alguno. Así lo ha precisado nuestro más Alto Tribunal de Justicia: cuando del contrato derivan obligaciones recíprocas para quienes lo suscriben, no se trata de una opción sino que, por el contrario, estamos en presencia de un contrato de venta. ¿Qué significa es...

Preventas: Acuerdan Cámara inmobiliaria, de Construcción y AN, no se podrá rescindir contratos de viviendas

23 de Enero de 2009  | Referencia: Reporte La Cámara Venezolana de la Construcción y la Cámara Inmobiliaria acordaron junto con los diputados de la Asamblea Nacional, la suspensión de medidas de rescisión de contratos para la adquisición de viviendas, hasta tanto se encuentre una solución a los casos de cobro excesivo y medidas arbitrarias, por parte de los consorcios habitacionales, en contra de compradores. El diputado Raffic Souki, miembro de esta comisión que estudia las denuncias sobre dicha materia, manifestó ayer que muchas de las constructoras están optando por rescindir los contratos de personas que tienen tiempo esperando su casa, para vender luego el bien por más dinero. "Ellos están presionando a los usuarios rescindiéndole los contratos, eso significa que tú has venido pagando una vivienda y ahora te dicen: no, yo te rescindo el contrato, te devuelvo tu dinero y me quedo con la vivienda", explicó Souki. El diputado marabino expresó que la Asamblea Nacional tiene ...