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Mostrando las entradas con la etiqueta propiedad horizontal

Cambios ilegales en fachadas de edificios

Fuente: El Universal Caracas, 19 de enero de 2010 Por: Manuel Alfredo Rodríguez La Ley de Propiedad Horizontal vigente prevé en el artículo 9 lo escrito a continuación: "… las mejoras de las cosas comunes sólo podrán efectuarse con el acuerdo del setenta y cinco por ciento de los propietarios. Tales mejoras, podrán ser suspendidas por la autoridad judicial, a solicitud de uno o más propietarios, por los motivos siguientes: a) Cuando fuesen contrarias a la Ley o al documento de condominio;… d) Cuando modifiquen sustancialmente el aspecto arquitectónico exterior del edificio;… e) Cuando lesionen cualesquiera de los derechos de uno o más propietarios. Las reclamaciones serán formuladas ante los tribunales competentes, siguiéndose el procedimiento correspondiente al interdicto de la obra nueva". Asimismo, establece el artículo 25 de la misma Ley: "Los acuerdos de los propietarios tomados con arreglo a los artículos precedentes serán obligatorios para todos los propietarios. ...

Martini: Regulación de alquileres no beneficia a usuarios

Fuente: El Mundo, 02-11-2009 El vicepresidente de la Cámara Inmobiliaria de Venezuela, Aquiles Martini, considera que la reciente resolución del Ministerio de Obras Públicas y Vivienda que prorroga por seis meses más la regulación de alquileres de inmuebles, contradice el espíritu de la norma publicada la semana pasada en la Gaceta Oficial, según la cual "es deber del Estado garantizar el bienestar de la población en general y salvaguardar los derechos e intereses de los usuarios". Para Martini, la congelación conspira contra la capacidad del propietario para asumir el costo de mantenimiento del inmueble. "En el caso de la propiedad horizontal, el precio del alquiler resultará siempre menor a la cantidad de dinero que debe desembolsar el dueño de un apartamento para pagar la cuota de condominio, por lo que, finalmente, terminará por no pagarlo". "Al dejar de pagar el condominio explicó la propiedad dejará de recibir mantenimiento, por lo que el deterioro del e...

EL UNIVERSAL: "¿Arrendatarios propietarios?"

Caracas, martes 26 de agosto, 2008 Opinión MANUEL ALFREDO RODRÍGUEZ ¿Es posible que un inquilino pueda adquirir la propiedad del inmueble que ocupa? En nuestro carácter de abogados litigantes en Venezuela, una empresa extranjera nos solicitó segunda opinión legal relativa a la materia de inquilinato. Refiere a un edificio ubicado en la ciudad de Caracas, cuya construcción data de los años sesenta. El dueño nunca lo llevó al "régimen de propiedad horizontal"; por ello, el inmueble le pertenece en su totalidad, incluyendo cada uno de los apartamentos. El propietario del edificio asume los gastos por mantenimiento; pero resulta que la sumatoria de los cánones por alquileres no cubre ni la mitad de esos desembolsos. Lejos de generar renta, hay cuantiosas pérdidas; por lo que el dueño decide: vender a los arrendatarios. Nos preguntan: ¿es posible que un inquilino pueda adquirir la propiedad del inmueble que ocupa? Según el legislador patrio y dentro de las circunstancias reseñadas...