Constructoras tienen 10 días para reintegrar IPC cobrado

Fuente: El Tiempo


A partir de ayer las constructoras no podrán aplicar aumentos extra en el precio de los inmuebles derivados del Índice de Precios al Consumidor (IPC). La restricción quedó formalizada en la resolución 110 del Ministerio de Obras Públicas y Vivienda, publicada en Gaceta Oficial 39.197, la cual prohibe “el cobro de cuotas, alícuotas, porcentajes o sumas adicionales de dinero” que refieran ajustes por inflación.


La normativa de 11 artículos obliga además que en un lapso máximo de 10 días continuos -iniciados desde este jueves- las constructoras deberán reintegrar a los compradores los recursos obtenidos por el cobro del IPC desde el 10 de noviembre de 2008 hasta la fecha.


Las constructoras tendrán hasta el 20 de junio para cancelar “íntegramente” en efectivo estas sumas, o “imputarlo al monto adeudado”, si así lo quisieran los compradores.


El artículo 9 advierte que la transgresión de la norma será objeto de sanción según lo previsto en la Ley del Régimen Prestacional de Vivienda.


La decisión gubernamental es percibida como negativa por la Cámara Inmobiliaria de Venezuela. El presidente de esta instancia, Francisco Neri, cuestionó el texto al considerar que ocasionará la parálisis de proyectos habitacionales en desarrollo y contraerá a futuro al sector. Avizora que “las constructoras no ejecutarán planes de gran envergadura, sino pequeños proyectos” para proteger sus inversiones. “Habría que ser adivino para calcular la inflación con 12 ó 24 meses de antelación” sostuvo.


Agregó que la prohibición podría impedir que se culmine parte del estimado de 85 mil soluciones habitacionales previstas para este año.


En manos del TSJ
Al ratificar la medida, el ministro de Obras Públicas, Diosdado Cabello detalló que la decisión beneficia a más de 25 mil familias a las cuales les “estaban cortando la posibilidad de obtener una vivienda”.


Dijo que se han procesado 1 mil 600 denuncias de cobro ilegal. Sin embargo, Cabello indicó que “el TSJ tendrá que decidir sobre el fondo de la materia como lo hizo con las cuotas balón”.


Para Neri, esta decisión acarreará “pérdidas” a los constructores, quienes al final pagarán el incremento de los insumos”. Señaló que en el caso de los proyectos terminados y en proceso de entrega podría “haber negociaciones entre los compradores y promotores”.


En la plenaria de la Asamblea Nacional (AN), se aplaudió la medida pero Darío Vivas advirtió que ésta sólo resuelve de forma parcial el problema, por lo que aún esperan una sentencia del Tribunal Supremo que declare la “nulidad total” del IPC. “El TSJ debe declarar la ilegalidad total del cobro, así como el mecanismo para resarcir los daños a las familias que han cancelado de más por la adquisición de un inmueble” dijo.


La resolución además contempla que las constructoras deberán en los próximos 5 días continuos, contados desde ayer, establecer los “términos de finalización de la obra y protocolización de documentos”. De ahora en adelante, las promotoras deberán indicar expresamente la fecha cierta de culminación en la publicidad.


Cabello anunció que se evalúa una medida que permitirá al Estado adquirir inmuebles depreciados y ofrecerlos a inquilinos. “Aquellos inquilinos con más de 20 años cancelando alquiler y viviendo en un edificio que se encuentre depreciado, el Gobierno comprará el terreno y los inquilinos pasarán a ser dueños de su vivienda” explicó Cabello.

Comentarios