Pre-ventas: Indepabis procesa 430 denuncias contra inmobiliarias por cobro del INPC
Fuente: El Universal
14-05-2009
Caracas.- Ante el Instituto para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios (Indepabis), han sido interpuestas más de 430 denuncias en contra de empresas constructoras de viviendas que operan en el Distrito Capital, por el cobro indebido del Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC)
Las denuncias involucran a compañías inmobiliarias y constructoras de viviendas como la Urbanizadora Nueva Casarapa, Inversiones Martinique C.A, la Urbanizadora Gran Valle de Chara C.A y la Inmobiliaria Edifico C.A. Asimismo, la Promotora Inmobiliaria Campo Sol C.A, Promotora Suma 007 C.A, Terrazas de Guaicoco C.A, Grupo Ban País y Construcciones Hedsan, informó ABN.
Algunas de estas compañías recibieron una prohibición del Indepabis para enajenar y a gravar bienes, mientras que a otras se les abrió un procedimiento administrativo.
Desiré Brito, jefa de la Sala de Conciliación, aseguró que es alarmante la falta de cooperación de los representantes de las constructoras, debido a que en la mayoría de los casos estos suelen promover persistentemente la recaudación del INPC y no se retractan por los daños causados.
Acotó que una de las maniobras que utilizan los dueños de las constructoras es redondear e incluir el índice en el costo final del inmueble, por lo que el crédito registra un alza desproporcionada, aunque la vivienda no reúna las condiciones y características que justifiquen su costo.
La medida que prohíbe a estas empresas enajenar y gravar está contemplada en el artículo 118 numeral 4, de la recién reformada Ley de Defensa para las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios. Allí se prohíbe a las constructoras protocolizar algún documento del inmueble ya negociado o vendido.
Las denuncias involucran a compañías inmobiliarias y constructoras de viviendas como la Urbanizadora Nueva Casarapa, Inversiones Martinique C.A, la Urbanizadora Gran Valle de Chara C.A y la Inmobiliaria Edifico C.A. Asimismo, la Promotora Inmobiliaria Campo Sol C.A, Promotora Suma 007 C.A, Terrazas de Guaicoco C.A, Grupo Ban País y Construcciones Hedsan, informó ABN.
Algunas de estas compañías recibieron una prohibición del Indepabis para enajenar y a gravar bienes, mientras que a otras se les abrió un procedimiento administrativo.
Desiré Brito, jefa de la Sala de Conciliación, aseguró que es alarmante la falta de cooperación de los representantes de las constructoras, debido a que en la mayoría de los casos estos suelen promover persistentemente la recaudación del INPC y no se retractan por los daños causados.
Acotó que una de las maniobras que utilizan los dueños de las constructoras es redondear e incluir el índice en el costo final del inmueble, por lo que el crédito registra un alza desproporcionada, aunque la vivienda no reúna las condiciones y características que justifiquen su costo.
La medida que prohíbe a estas empresas enajenar y gravar está contemplada en el artículo 118 numeral 4, de la recién reformada Ley de Defensa para las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios. Allí se prohíbe a las constructoras protocolizar algún documento del inmueble ya negociado o vendido.
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