Adjudicación de viviendas no es propiedad privada

A continuación la información tal como la presenta Entorno Inteligente vía Reporte

Se limita derecho de propiedad en viviendas hechas por sector oficial

Publicada a las 08:15 AM del 20 de Enero de 2010 | Reporte

Especial.- El Presidente Hugo Chávez, en su mensaje anual ante la Asamblea, manifestó que no es "enemigo de la propiedad privada", pero sus atributos los minimiza, y en especial cuando procede a adjudicar soluciones habitacionales y comenta que la venta de las casas está prohibida. El pasado domingo el primer Mandatario realizó la entrega de viviendas en Ciudad Mariches y durante su programa fue tajante al señalar que "la vivienda no es una mercancía", idea que fue apoyada por el ministro de Obras Públicas y Vivienda, Diosdado Cabello, quien expresó que "en los contratos (que firman las familias beneficiarias de las casas oficiales) no está permitida la venta", lo que implica la limitación de los atributos de la propiedad. En el artículo 115 de la Constitución del año 1999 se indica que "se garantiza el derecho de propiedad. Toda persona tiene derecho al uso, goce, disfrute y disposición de sus bienes". En ese sentido se entiende que el uso es el derecho a poseer y obtener todos los servicios de la propiedad, el goce y disfrute son los derechos a percibir los frutos y rentas propias que la propiedad pudiera generar y la disposición es la facultad de vender, dar en comodato o donar. Los últimos aspectos ya no se podrán aplicar a las viviendas que construyen los entes oficiales.

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