Alquiler no residencial tiene que pagar IVA

El Universal, Caracas 31 de julio de 2008

El Servicio Nacional Integrado de Administración Tributaria (Seniat) en un comunicado notificó que el arrendamiento de inmuebles con fines distintos al residencial (locales y oficinas) incluye el cobro del Impuesto al Valor Agregado (IVA).

El organismo tributario recordó que desde el pasado 1 de febrero esos inmuebles no cuentan con la exoneración del impuesto, "por lo tanto, los contribuyentes tienen que cumplir con esos deberes".

El pago del tributo está previsto en el decreto 5.770 y la institución destaca que el segmento de contribuyentes que está previsto en esa disposición tienen que notificar los cambios ante la institución. De acuerdo con esa normativa, aquellos contribuyentes cuyas operaciones superen las 3.000 unidades tributarias (138.000 bolívares fuertes) tienen que pagar el Impuesto al Valor Agregado.

Según el Seniat, los contribuyentes que efectúen esas actividades tienen que realizar la declaración mensual del tributo y cumplir con el resto de las obligaciones como las referidas a libros, registros y notificaciones.

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